Tu vehículo híbrido o eléctrico tiene derecho a la devolución del 5% de IVA y a deducir el 50% de su valor en renta — por Ley 1715/2014. La mayoría de propietarios no lo sabe. El concesionario no lo gestiona.
La Ley 1715 de 2014 establece beneficios concretos para propietarios de vehículos eléctricos e híbridos en Colombia. La mayoría no los conoce — nosotros los gestionamos.
Solo ciertos tipos de tecnología son reconocidos por la UPME. Verificamos esto primero — sin costo — antes de cobrar cualquier valor.
Marcas habilitadas en la plataforma UPME (Ciclo I 2026)
Cuatro pasos en orden. Tú solo participas en uno — el resto lo gestionamos nosotros en el portal oficial de la UPME.
Transparencia total desde el inicio. Sin letras chiquitas ni sorpresas al final del proceso.
El Ciclo I 2026 cierra el 31 de mayo. Si no alcanzas este ciclo, el próximo abre el 15 de agosto.
Contáctanos hoy y verificamos tu vehículo — sin costo.